+Artículo 70 1.
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Artículo 70 1.
El folleto precisará las categorías de activos en los que esté autorizado a invertir el OICVM. Indicará si las transacciones en instrumentos financieros derivados están autorizadas; en tal caso, incluirá una declaración bien visible en la que se exponga si estas operaciones pueden realizarse para fines de cobertura o con vistas al cumplimiento de objetivos de inversión, así como las posibles repercusiones de la utilización de los instrumentos derivados en el perfil de riesgo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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