+Artículo 99sexies
---+Artículo 99sexies 1.
---+Artículo 99sexies 2.
---+Artículo 99sexies 3.
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Artículo 99sexies
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 99sexies 1.
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Las autoridades competentes facilitarán cada año a la ESMA información agregada relativa a todas las sanciones y medidas impuestas de conformidad con el artículo 99. La ESMA publicará esa información en un informe anual.
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Artículo 99sexies 2.
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Cuando la autoridad competente divulgue públicamente medidas o sanciones administrativas, notificará simultáneamente esas medidas o sanciones administrativas a la ESMA. Cuando una sanción o medida publicada haga referencia a una sociedad de gestión o a una sociedad de inversión, la ESMA añadirá una referencia a la sanción o medida publicada en la lista de sociedades de gestión establecida en virtud del artículo 6, apartado 1.
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Artículo 99sexies 3.
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La ESMA elaborará proyectos de normas técnicas de ejecución para determinar los procedimientos y formularios de transmisión de la información contemplada en el presente artículo. La ESMA presentará esos proyectos de normas técnicas de ejecución a la Comisión a más tardar el 18 de septiembre de 2015. Se otorgan a la Comisión competencias para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) no 1095/2010.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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