+Artículo 29 2.
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Artículo 29 2.
No obstante lo dispuesto en el artículo 21, apartado 13, párrafo segundo, y el artículo 21, apartado 14, de la Directiva 2011/61/UE, el depositario de un FILPE comercializado entre inversores minoristas no podrá quedar exento de responsabilidad en caso de una pérdida de instrumentos financieros custodiados por un tercero.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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