+Artículo 34 Facultades y competencias de la AEVM
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Artículo 34 Facultades y competencias de la AEVM
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 34 1.
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La AEVM dispondrá de las facultades necesarias para desempeñar las funciones que se le asignan en virtud del presente Reglamento.
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Artículo 34 2.
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Las facultades que la Directiva 2011/61/UE confiere a la AEVM habrán de ejercerse asimismo respecto del presente Reglamento y de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (
10
).
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Artículo 34 3.
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A efectos del Reglamento (UE) no 1095/2010, el presente Reglamento se entenderá como un acto jurídicamente vinculante de la Unión que confiere funciones a la AEVM, a tenor del artículo 1, apartado 2, del Reglamento (UE) no 1095/2010.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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