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+Artículo 27 2. |
Artículo 27 2.La Autoridad contribuirá a la labor sobre las cuestiones relativas a las condiciones de competencia equitativas y los efectos acumulativos de cualquier sistema de exacciones y contribuciones sobre las entidades financieras que pueda instaurarse para garantizar un reparto justo de cargas, así como de los incentivos destinados a contener los riesgos sistémicos dentro de un marco de resolución coherente y fiable. ▼M3 ————— 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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