+Artículo 30 Evaluación de la factibilidad: aspectos transfronterizos
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Artículo 30 Evaluación de la factibilidad: aspectos transfronterizos

Al evaluar si existen posibles obstáculos a la resolución relacionados con aspectos transfronterizos, las autoridades de resolución tendrán en cuenta, como mínimo, lo siguiente:

1. Resumen

,
Título Regulación
Artículo 30 1)

los extremos contemplados en la sección C, punto 20, del anexo de la Directiva 2014/59/UE;

Artículo 30 2)

la existencia de procesos adecuados de coordinación y comunicación, así como de garantías sobre las medidas que deban adoptarse, entre las autoridades de los países de origen y de acogida, incluidas las de terceros países, con vistas a permitir la aplicación de la estrategia de resolución;

Artículo 30 3)

si la legislación de los países de origen y de acogida pertinentes prevalece sobre los derechos de rescisión contractuales en los contratos financieros ejercitables únicamente en caso de quiebra y resolución de una empresa asociada.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 08.07.2016 00:00:00 -Doknr: CELEX:32016R1075
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