+Artículo 60 1

Artículo 60 1

1.   La autoridad de resolución a nivel de grupo establecerá y pondrá a prueba periódicamente procedimientos operativos para el funcionamiento del colegio de autoridades de resolución en situaciones de emergencia, en particular de carácter sistémico, que puedan suponer una amenaza para la viabilidad de cualquiera de las entidades del grupo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 08.07.2016 00:00:00 -Doknr: CELEX:32016R1075
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