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+Artículo 88 4 |
Artículo 88 44. Las autoridades de resolución de las filiales transmitirán lo antes posible a la autoridad de resolución a nivel de grupo todas las observaciones presentadas por las autoridades competentes. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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