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+Artículo 27 9. |
Artículo 27 9.La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados de conformidad con el artículo 89 con respecto a:
a)
los criterios para determinar la importancia relativa de los distintos factores que, con arreglo al apartado 1, pueden tenerse en cuenta para determinar el mejor resultado posible teniendo presentes el volumen y el tipo de orden, así como si el cliente es particular o profesional;
b)
los factores que puede tener en cuenta una empresa de servicios de inversión a la hora de revisar sus sistemas de ejecución y las circunstancias en las cuales podría ser adecuado modificar dichos sistemas, y en particular, los factores para determinar los centros que permiten a las empresas de servicios de inversión obtener sistemáticamente el mejor resultado posible para la ejecución de las órdenes de los clientes;
c)
la naturaleza y la amplitud de la información que ha de facilitarse a los clientes acerca de las políticas de ejecución, de conformidad con el apartado 5. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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