+Artículo 9 3.

Artículo 9 3.

►M8  Las autoridades competentes, ya sea por iniciativa propia o a petición de otras autoridades competentes o de la AEVM, podrán revocar una exención concedida con arreglo al apartado 1 si observan que está siendo empleada de un modo que se aparta de su propósito inicial o si consideran que está siendo utilizada para eludir los requisitos establecidos en el presente artículo. ◄

Las autoridades competentes notificarán estas revocaciones a la AEVM y a las demás autoridades competentes sin demora y antes de su entrada en vigor, comunicándoles todas las razones de su decisión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 23.11.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014R0600
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