+Artículo 39 6.

Artículo 39 6.

Cuando las entidades obligadas a que se refiere el artículo 2, apartado 1, punto 3, letras a) y b), intenten disuadir a un cliente de una actividad ilegal, ello no constituirá revelación a efectos del apartado 1 del presente artículo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 30.12.2024 00:00:00 -Doknr: CELEX:32015L0849
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