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+Artículo 45 Medidas en caso de revocación de una autorización |
Artículo 45 Medidas en caso de revocación de una autorizaciónArtículo 45 Medidas en caso de revocación de una autorización En caso de revocación de la autorización, las autoridades competentes del Estado miembro de origen informarán de ello sin dilación a las autoridades competentes del Estado miembro de acogida. Estas últimas tomarán las medidas adecuadas para impedir que la entidad de crédito afectada inicie nuevas operaciones en su territorio y para salvaguardar los intereses de los depositantes. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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