+Artículo 87 1.

Artículo 87 1.

Las autoridades competentes velarán por que las entidades establezcan políticas y procedimientos para la identificación, gestión y control del riesgo de apalancamiento excesivo. Entre los indicadores de riesgo de apalancamiento excesivo figurarán el ratio de apalancamiento determinado de conformidad con el artículo 429 del Reglamento (UE) no 575/2013 y los desfases entre activos y obligaciones.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 11.07.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32013L0036
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