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+Artículo 90 Divulgación del rendimiento de los activos |
Artículo 90 Divulgación del rendimiento de los activosArtículo 90 Divulgación del rendimiento de los activos Las entidades harán público en su informe anual, entre los indicadores clave, el rendimiento de sus activos, que se calculará dividiendo el beneficio neto por el balance total. 1. Resumen
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3. Estándares relacionados
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