+Artículo 104quater Cooperación con las autoridades de resolución

Artículo 104quater Cooperación con las autoridades de resolución

Artículo 104 quater

Cooperación con las autoridades de resolución

Las autoridades competentes notificarán a las autoridades de resolución pertinentes el requisito de fondos propios adicionales impuesto a las entidades conforme al artículo 104, apartado 1, letra a), y cualquier orientación sobre fondos propios adicionales comunicada a las entidades de conformidad con el artículo 104 ter, apartado 3.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 11.07.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32013L0036
  • EULAW_ES -

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