+Artículo 75 3.

Artículo 75 3.

Las autoridades competentes recabarán información sobre el número de personas físicas en cada entidad que reciban remuneraciones de 1 millón de euros o más por ejercicio, incluidas sus responsabilidades en el cargo que ocupa, el ámbito de negocio implicado y los principales componentes del sueldo, los incentivos, las primas a largo plazo y la contribución a la pensión. Esta información se transmitirá a la ABE, la cual la publicará sobre una base agregada por Estado miembro de origen en un formato común. La ABE podrá elaborar directrices para facilitar la aplicación del presente apartado y asegurar la coherencia de la información recabada.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 11.07.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32013L0036
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