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+Artículo 73 3. |
Artículo 73 3.Los servicios de traducción requeridos para el funcionamiento de la Autoridad serán prestados por el Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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