+Artículo 45quaterdecies 5.

Artículo 45quaterdecies 5.

No obstante lo dispuesto en el artículo 45, apartado 1, las autoridades de resolución fijarán un periodo transitorio adecuado para el cumplimiento de los requisitos previstos en los artículos 45 sexies o 45 septies, o de los requisitos derivados de la aplicación del artículo 45 ter, apartados 4, 5 o 7, según proceda, destinado a las entidades o sociedades a que se refiere el artículo 1, apartado 1, letras b), c) y d), a las que se hayan aplicado instrumentos de resolución o las facultades de amortización o conversión a que se refiere el artículo 59.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 11.05.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0059
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