+Artículo 55 7.

Artículo 55 7.

La autoridad de resolución especificará, cuando lo considere necesario, las categorías de pasivos para los que una entidad o sociedad contemplada en el artículo 1, apartado 1, letras b), c) o d), podrá llegar a la conclusión de que no es viable por motivos jurídicos o de otra índole incluir la cláusula contractual a que se refiere el apartado 1 del presente artículo, con arreglo a las condiciones especificadas en mayor medida como resultado de la aplicación del apartado 6.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 11.05.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0059
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