+Artículo 35bis 12.

Artículo 35bis 12.

A los efectos del presente artículo, del artículo 35, apartado 4, y del artículo 70, apartado 3, se entenderá por “otras autoridades” cualesquiera de las siguientes autoridades:

a) 

la JERS;

b) 

la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad de Seguros y Pensiones de Jubilación);

c) 

la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados);

d) 

las autoridades competentes, según se definen en el artículo 4, punto 2, del presente Reglamento;

e) 

las autoridades competentes, según se definen en el artículo 4, punto 2, del Reglamento (UE) n.o 1094/2010;

f) 

las autoridades competentes, según se definen en el artículo 4, punto 3, del Reglamento (UE) n.o 1095/2010;

g) 

las autoridades que conforman el mecanismo único de supervisión, según se definen en el artículo 2, punto 9, del Reglamento (UE) n.o 1024/2013;

h) 

la Junta Única de Resolución (JUR), creada en virtud del Reglamento (UE) n.o 806/2014;

i) 

las autoridades de resolución, tales como aquellas a que se refiere el artículo 3, apartado 3, de la Directiva 2014/59/UE;

j) 

la Autoridad de Lucha contra el Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo (ALBC), creada en virtud del Reglamento (UE) 2024/1620 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 23 );

k) 

los supervisores financieros, según se definen en el artículo 2, párrafo segundo, punto 1, de la Directiva (UE) 2024/1640 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 24 ).

A efectos del presente artículo, se entenderá por “entidad financiera” toda “entidad financiera” según se define en el artículo 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1092/2010.

Como excepción a lo dispuesto en el párrafo primero del presente apartado, cuando los apartados 1 y 2 del presente artículo se apliquen al Banco Central Europeo a que se refiere el artículo 4, punto 2, inciso i), del presente Reglamento, se entenderá por “otras autoridades” cualesquiera de las autoridades enumeradas en el primer párrafo del presente apartado, excepto las autoridades nacionales competentes que conforman el mecanismo único de supervisión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 31.12.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1093
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