+Artículo 47 Funciones
---+Artículo 47 1.
---+Artículo 47 2.
---+Artículo 47 3.
---+47 artikla 3 a.
---+Artículo 47 4.
---+Artículo 47 5.
---+Artículo 47 6.
---+Artículo 47 7.
---+Artículo 47 8.
---+Artículo 47 9.
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Artículo 47 Funciones
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 47 1.
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El Consejo de Administración velará por que la Autoridad cumpla su cometido y lleve a cabo las funciones que le son asignadas de conformidad con lo dispuesto en el presente Reglamento.
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Artículo 47 2.
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El Consejo de Administración propondrá, para su adopción por la Junta de Supervisores, un programa de trabajo anual y plurianual.
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Artículo 47 3.
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El Consejo de Administración ejercerá sus competencias presupuestarias de conformidad con los artículos 63 y 64.
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47 artikla 3 a.
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Johtokunta voi tarkastella kaikkia asioita, antaa niistä lausunnon ja tehdä niistä ehdotuksia, lukuun ottamatta 9 a, 9 b ja 30 artiklassa sekä 17 ja 19 artiklassa säädettyjä tehtäviä asioissa, jotka koskevat rahoitusjärjestelmän käytön estämistä rahanpesuun ja terrorismin rahoitukseen.
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Artículo 47 4.
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El Consejo de Administración adoptará el plan de política de personal de la Autoridad y, en virtud del artículo 68, apartado 2, las pertinentes medidas de aplicación del Estatuto de los funcionarios.
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Artículo 47 5.
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El Consejo de Administración adoptará las disposiciones específicas relativas al derecho de acceso a los documentos de la Autoridad, de conformidad con el artículo 72.
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Artículo 47 6.
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El Consejo de Administración propondrá un informe anual de las actividades de la Autoridad, incluyendo el desempeño de las funciones del Presidente, a la Junta de Supervisores para su aprobación.
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Artículo 47 7.
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El Consejo de Administración adoptará y hará público su reglamento interno.
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Artículo 47 8.
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El Consejo de Administración nombrará y cesará a los miembros de la Sala de Recurso de conformidad con el artículo 58, apartados 3 y 5, teniendo debidamente en cuenta la propuesta de la Junta de Supervisores.
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Artículo 47 9.
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Los miembros del Consejo de Administración anunciarán públicamente todas las reuniones celebradas y las indemnizaciones de representación recibidas. Los gastos se harán constar públicamente de conformidad con el Estatuto de los funcionarios.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- Builddate: 31.12.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1093
- EULAW_FI -
EULAW_FI
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