+Artículo 3 5.

Artículo 3 5.

El Presidente presentará al Parlamento Europeo un informe escrito sobre las actividades de la Autoridad siempre que se le solicite y en cualquier caso al menos quince días antes de efectuar la declaración a que se refiere el apartado 4.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 10.11.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1094
  • EULAW_FI -

    EULAW_FI