+Artículo 3 5.
|
Artículo 3 5.
El Presidente presentará al Parlamento Europeo un informe escrito sobre las actividades de la Autoridad siempre que se le solicite y en cualquier caso al menos quince días antes de efectuar la declaración a que se refiere el apartado 4.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- Builddate: 10.11.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1094
- EULAW_FI -
EULAW_FI
|