|
+Artículo 41 6. |
Artículo 41 6.La Junta de Supervisores adoptará el reglamento interno de los paneles a que se hace referencia en el presente artículo.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|