+Artículo 57 6

Artículo 57 6

6.   Salvo que se disponga lo contrario, podrá utilizarse cualquier medio de comunicación ordinario, dando preferencia a los medios de comunicación seguros, en particular cuando se transmita información sensible. Cuando se trate de información disponible públicamente, bastará con que la autoridad de resolución a nivel de grupo facilite la referencia de dicha información.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 08.07.2016 00:00:00 -Doknr: CELEX:32016R1075
  • EULAW_FI -

    EULAW_FI