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+Artículo 62 2 |
Artículo 62 22. A la hora de elaborar el calendario de decisión conjunta, la autoridad de resolución a nivel de grupo tendrá en cuenta las condiciones de participación de los observadores establecidas en las normas escritas del colegio de autoridades de resolución y en las disposiciones correspondientes de la Directiva 2014/59/UE. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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