|
+Artículo 66 3 |
Artículo 66 33. La autoridad de resolución a nivel de grupo difundirá el proyecto de plan de resolución de grupo y evaluación de resolubilidad entre los miembros del colegio en su debido momento y, en cualquier caso, a más tardar en el plazo especificado con arreglo al artículo 61, apartado 2, letra f). 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|