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+Artículo 67 2 |
Artículo 67 22. En particular, las autoridades competentes pertinentes a que se refieren los artículos 115 y 116 de la Directiva 2013/36/UE deberán presentar su dictamen en relación con la evaluación de resolubilidad de las entidades bajo su jurisdicción. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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