+Artículo 79 6

Artículo 79 6

6.   Además, la autoridad de resolución a nivel de grupo y las autoridades de resolución de las filiales discutirán y analizarán debidamente la incidencia potencial de las medidas propuestas en todas las entidades que formen parte del grupo, en todos los Estados miembros en los que opere el grupo y en la Unión en su conjunto.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 08.07.2016 00:00:00 -Doknr: CELEX:32016R1075
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