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+Artículo 60bis Extralimitación de competencia por la Autoridad |
Artículo 60bis Extralimitación de competencia por la AutoridadArtículo 60 bis Extralimitación de competencia por la Autoridad Cualquier persona física o jurídica podrá enviar consejos motivados a la Comisión si considera que la Autoridad se ha extralimitado en su competencia, incluido faltando al principio de proporcionalidad en el sentido del artículo 1, apartado 5, al actuar con arreglo a los artículos 16 y 16 ter, y que ello afecta de forma directa e individual a dicha persona. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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