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+Artículo 47 9. |
Artículo 47 9.Los miembros del Consejo de Administración anunciarán públicamente todas las reuniones celebradas y las indemnizaciones de representación recibidas. Los gastos se harán constar públicamente de conformidad con el Estatuto de los funcionarios.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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