+Artículo 57 Subcomités
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Artículo 57 Subcomités

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 57 1.
El Comité Mixto podrá crear subcomités con objeto de preparar proyectos de posiciones conjuntas y actos comunes del Comité Mixto.
Artículo 57 2.
Cada subcomité se compondrá de las personas mencionadas en el artículo 55, apartado 1, y de un representante de alto nivel del personal actual de la autoridad competente pertinente de cada Estado miembro.
Artículo 57 3.
Cada subcomité elegirá a un presidente entre los representantes de las autoridades competentes pertinentes, que también actuará como observador en el Comité Mixto.
Artículo 57 4.
A efectos del artículo 56, se creará un subcomité sobre conglomerados financieros en el seno del Comité Mixto.
Artículo 57 5.
El Comité Mixto publicará en su sitio web todos los subcomités creados, incluidos sus mandatos y una lista de sus miembros con sus respectivas funciones en el subcomité.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito