+Artículo 10 3

Artículo 10 3

3.   Cuando el BCE obtenga información directamente de las personas físicas o jurídicas mencionadas en el apartado 1, la pondrá a disposición de las autoridades nacionales competentes afectadas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito