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+Artículo 24 8 |
Artículo 24 88. La solicitud de examen presentada en virtud del apartado 5 no tendrá efecto suspensivo. No obstante, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Comité Administrativo de Revisión, podrá suspender la aplicación de la decisión impugnada si considera que las circunstancias así lo requieren. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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