+Artículo 25 4

Artículo 25 4

4.   El BCE garantizará que en el funcionamiento del Consejo de Gobierno estén completamente diferenciadas las funciones monetaria y de supervisión. Dicha diferenciación deberá incluir reuniones y órdenes del día estrictamente separados.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito