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+Artículo 25 4 |
Artículo 25 44. El BCE garantizará que en el funcionamiento del Consejo de Gobierno estén completamente diferenciadas las funciones monetaria y de supervisión. Dicha diferenciación deberá incluir reuniones y órdenes del día estrictamente separados. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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