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+Artículo 32 b) |
Artículo 32 b)la división de tareas entre el BCE y las autoridades nacionales competentes dentro del MUS, la eficacia de las modalidades prácticas de organización adoptadas por el BCE, y la incidencia del MUS en el funcionamiento de los colegios de supervisores restantes; 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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