+Artículo 6 5

Artículo 6 5

5.   La perturbación de funciones o servicios consistirá en funciones y servicios que ya no sean prestados de forma comparable, en condiciones comparables y con calidad comparable, a menos que el cambio en la prestación de la función o el servicio de que se trate tenga lugar de manera ordenada.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito