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+Artículo 2 2) |
Artículo 2 2)«conglomerado financiero con predominio bancario o de inversión»: un conglomerado financiero cuyo sector financiero más importante es, bien el bancario, bien el de servicios de inversión, de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 2002/87/CE. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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