+Artículo 10 2

Artículo 10 2

2.   Los fondos propios de las sociedades de gestión de activos se calcularán con arreglo al artículo 2, apartado 1, letra l), de la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (8). Los requisitos de solvencia de las sociedades de gestión de activos serán los establecidos en el artículo 7, apartado 1, letra a), de dicha Directiva.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito