|
+Artículo 14 4 |
Artículo 14 44. Aquellas empresas que sean entes controlados de forma conjunta a efectos del correspondiente marco contable se tratarán con arreglo a las normas sectoriales relativas a la consolidación proporcional o a la inclusión de participaciones proporcionales. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|