+Artículo 14 7

Artículo 14 7

7.   Cuando las normas sectoriales impongan el cálculo de un umbral o límite, el umbral o límite a nivel de conglomerado se calculará sobre la base de los datos consolidados del conglomerado financiero y una vez efectuadas las deducciones previstas en los apartados 2 y 3.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito