+Artículo 4 2.

Artículo 4 2.

Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 89 en lo referente a medidas destinadas a especificar algunos elementos técnicos de las definiciones establecidas en el apartado 1 con el fin de adaptarlas a la evolución de los mercados, a los cambios tecnológicos y a la experiencia de conductas prohibidas por el Reglamento (UE) no 596/2014 y garantizar la aplicación uniforme de la presente Directiva.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito