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+Artículo 20 8. |
Artículo 20 8.Los Estados miembros velarán por que los artículos 24, 25, 27 y 28 se apliquen a las transacciones celebradas en un SOC.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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