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+Artículo 51 2. |
Artículo 51 2.En el caso de los derivados, las normas contempladas en el apartado 1 garantizarán, en particular, que la formulación del contrato de derivados permita una formación de precios ordenada y la existencia de condiciones efectivas de liquidación.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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