+Artículo 53 7.

Artículo 53 7.

Los Estados miembros exigirán al organismo rector del mercado que comunique periódicamente a la autoridad competente del mercado regulado la lista de los miembros o participantes del mercado regulado.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito