+Artículo 17bis 2.

Artículo 17bis 2.

Los requisitos establecidos en el apartado 2 del artículo 15 del presente Reglamento y en el artículo 49 de la Directiva 2014/65/UE no impedirán a los internalizadores sistemáticos casar órdenes en el punto medio entre los precios actuales de compra y venta.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito