+Artículo 21bis 4.
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Artículo 21bis 4.
A más tardar el 29 de septiembre de 2024 la AEVM establecerá y actualizará periódicamente un registro de todas las entidades de publicación designadas, especificando su identidad y las clases de instrumentos financieros para los que son entidades de publicación designadas. La AEVM publicará dicho registro en su sitio web.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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