+Artículo 22bis 5.

Artículo 22bis 5.

Cada PIC elegirá, de entre los tipos de protocolos de transmisión que ofrezcan los contribuidores de datos a otros usuarios, qué protocolo de transmisión se utilizará para la transmisión directa de los datos a que se refiere el apartado 1 al centro de datos del PIC.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito