+Artículo 22quater 1.
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Artículo 22quater 1.
Los centros de negociación, sus miembros, participantes o usuarios, los internalizadores sistemáticos, las entidades de publicación designadas, los APA y los PIC sincronizarán los relojes comerciales que utilicen para registrar la fecha y hora de cualquier hecho que se deba notificar.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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