+Artículo 24 Obligación de preservar la integridad del mercado

Artículo 24 Obligación de preservar la integridad del mercado

Artículo 24

Obligación de preservar la integridad del mercado

Sin perjuicio del reparto de responsabilidades en la ejecución del Reglamento (UE) no 596/2014, las autoridades competentes, coordinadas por la AEVM, de conformidad con el artículo 31 del Reglamento (UE) no 1095/2010, supervisarán las actividades de las empresas de servicios de inversión para asegurarse de que actúan con honestidad, imparcialidad y profesionalidad, fomentando la integridad del mercado.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito