+Artículo 4 2.

Artículo 4 2.

A efectos del apartado 1, los proveedores de servicios de pago adoptarán medidas de seguridad que garanticen el cumplimiento de todos los requisitos siguientes:

a) 

que la divulgación del código de autenticación no permita derivar información alguna sobre ninguno de los elementos a que se refiere el apartado 1;

b) 

que no sea posible crear un nuevo código de autenticación basado en el conocimiento de cualquier otro código de autenticación generado anteriormente;

c) 

que el código de autenticación no pueda ser falsificado.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito